La Corte Constitucional de Ecuador despenalizó el aborto en casos de violación hace tres años, en 2021. Como parte de esta sentencia, se ordenó a la Asamblea Nacional que elabore el marco regulatorio para ello. Sin embargo, como ha señalado el Movimiento Nacional Causa Justa, el resultado no fue el esperado. El expresidente Guillermo Lasso, quien se hacía llamar «defensor de la vida desde la concepción hasta la muerte», hizo cambios en la norma que se traducen en trabas para el acceso al aborto.
Una de sus modificaciones fue eliminar el plazo excepcional de 18 semanas que existía para los casos de agresión sexual a niñas, adolescentes, indígenas y mujeres del área rural, quedando un plazo de 12 semanas para todas las solicitantes. Además, estipuló como condiciones que quien solicite un aborto presente la denuncia por violación, así como una declaración jurada o exámenes médicos que comprueben la agresión.
La Iglesia Católica y colectivos antiderechos como Sí a la Vida han venido manifestando su rechazo a la ley, movilizando recursos para realizar Marchas por la vida y otro tipo de manifestaciones. Además, en febrero de este año, el Instituto Charles Lozier —vinculado a la organización SBA Pro-Life America de EE. UU.— presentó un amicus curiae con el fin de apoyar la ley que limita el aborto en Ecuador.
El documento, que representa una opinión jurídica, respalda que la Ley Orgánica que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo (LORIVE) ponga como requisito la realización de ecografías, que limite el aborto al plazo de 12 semanas y que prohíba la mercantilización de restos fetales.
«Es un hecho científico que un ser humano único se forma en el momento de la concepción», dice el informe del Instituto Charles Lozier. Sin embargo, la evidencia científica ha puesto en controversia ese punto y ya no se considera que la vida comience en la fertilización.