Fracaso rotundo
El pasado domingo 05 de agosto los uruguayos le dijeron no a la iniciativa de referéndum que pretendía derogar la Ley integral para personas trans aprobada en octubre de 2018. El rechazo fue rotundo, pues la iniciativa estuvo lejos de convocar al 25% del padrón electoral necesario para ir a referéndum, alcanzando apenas el 9.91% del padrón. Es decir, un poco más de 266 mil ciudadanos.
«No estamos de acuerdo con la ideología de género que a toda costa se quiere imponer a nuestra sociedad… Hoy voté para que el pueblo pueda decidir sobre una ley que genera polémica… Creo que hay instancias en que el pueblo debe ser consultado, y ésta es una de ellas»
– Guido Manini, candidato de Cabildo Abierto
A favor y en contra
En medio de la campaña presidencial, al menos dos partidos políticos, estuvieron involucrados en la iniciativa de derogatoria. Por un lado, el Partido Nacional, a través del diputado Álvaro Dastugue (vinculado a la iglesia Misión y Vida) y el exdiputado Carlos Lafigliola, ambos promotores de la iniciativa. Por otro, el partido Cabildo Abierto, a través de su candidato presidencial, Guido Manini Ríos, fue el único político en carrera presidencial en acudir a las urnas.
El fracaso en las urnas se anticipaba en los posicionamientos públicos de diversos actores relevantes. Entre los más destacados, estuvieron las declaraciones del cardenal de la Iglesia Católica en Uruguay, Daniel Sturla, quien señaló que no iría a votar. Además, hubo pronunciamientos en contra tanto de organizaciones internacionales, como ONU Uruguay, y organizaciones nacionales, como el Sindicato Médico de Uruguay.
La ley
Tras el fracaso, la Ley Integral para personas trans mantendrá su vigencia y, con ella, el conjunto de políticas públicas que buscan revertir la situación de discriminación y violencia históricas contra la población trans. Entre sus mandatos más importantes para garantizar el acceso a derechos de las personas trans encontramos:
Visibilidad (artículo 5): la variable sexo será reemplazada por la variable identidad de género en todos los sistemas oficiales de información estadística.
Identidad (artículo 6): toda persona podrá solicitar la adecuación de su nombre y/o sexo cuando no correspondan a su identidad de género.
Reparación (artículo 10): toda persona trans que haya sufrido violencia institucional por causas vinculadas a su identidad de género podrá solicitar una reparación.
Trabajo (artículo 12): diversas entidades de derecho público deberán destinar el 1% de los puestos de trabajo a ser llenados en el año, para las personas trans que cuenten los requisitos para acceder a los mismos.
Educación y salud (artículos 15 y 19): se garantizar el acceso y permanencia de las personas trans en el sistema educativo, así como el acceso a la salud sin discriminación.
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