La actual Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) permite que el personal de salud se abstenga de realizar abortos declarando objeción de conciencia. Pero esta norma no señala requisitos para invocarla, tampoco plantea condiciones para asegurar el acceso al aborto cuando los médicos se niegan a atender a mujeres víctimas de violación, con embarazos inviables o en peligro de muerte.
De acuerdo a un informe de la Corporación Humanas, más del 45% de médicos obstetras se rehúsan a realizar abortos en casos de embarazos productos de violación. Asimismo, el informe identifica que en cinco hospitales públicos no hay ningún profesional de salud que pueda aplicar la ley, porque todos son objetores de conciencia. Dichos hospitales están en zonas rurales: Santa Cruz (Región de O’Higgins), Cauquenes y Constitución (Región del Maule), Victoria (Región de La Araucanía) y Puerto Aysén (Región de Aysén).
Esta situación es la que motiva el nuevo reglamento propuesto por el gobierno chileno. «Buscamos garantizar que la población conozca sus opciones, asegurar un derecho que está establecido en la ley y que la objeción de conciencia personal no obstaculice el aborto en estas tres causales, y que el lugar donde se viva y la capacidad de pago no sean una barrera para que la atención sea oportuna”, explicó el presidente Boric.
La norma apunta que los profesionales de salud registren adecuadamente su objeción de conciencia y los establecimientos distribuyan turnos y puestos teniendo en cuenta dicha información, para que no se afecte el acceso de pacientes a un aborto seguro.